Estímulo Fiscal para el pago de Tenencia Vehicular
Estimados Contribuyentes:
El pasado 27 de octubre, se publicó en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca, el ACUERDO POR EL QUE SE IMPLEMENTA EL PROGRAMA DE FOMENTO AL PAGO DEL IMPUESTO SOBRE TENENCIA O USO DE VEHÍCULOS FEDERAL Y ESTATAL Y DERECHOS VEHICULARES RELACIONADOS, ASÍ COMO EL ESTIMULO FISCAL RESPECTO A SUS ACCESORIOS, DESTINADO AL SERVICIO PARTICULAR EN CUALQUIERA DE SUS MODALIDADES.
Este acuerdo otorga un estímulo fiscal a todos los propietarios y/o tenedores de vehículos destinados al servicio particular en cualquiera de sus modalidades, consistente en el 80 por ciento sobre los accesorios derivados del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos Federal y Estatal y Derechos Vehiculares relacionados.
El periodo para que los contribuyentes soliciten, en cualquiera de las Oficinas Recaudadoras de Rentas, su incorporación al presente acuerdo, para que gocen de los beneficios del Programa de Fomento al Pago del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos Federal y Estatal y Derechos Vehiculares Relacionados, que está implementando la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado de Oaxaca, iniciará el próximo 1º de Noviembre y concluirá el día 28 de diciembre del presente año.
Para ser acreedor al programa, todos los propietarios y/o tenedores de vehículos destinados al servicio particular en cualquiera de sus modalidades, deberán cumplir con los siguientes requisitos:
- Presentar solicitud por escrito, debidamente firmada, ante la Secretaría de Finanzas o ante la Recaudación de Rentas que corresponda al domicilio fiscal. Dicha petición deberá acompañarse de lo siguiente:
- Identificación oficial vigente del contribuyente o bien, del Representante Legal, debiendo presentar cualquiera de los siguientes documentos en original y copia:
a) Credencial para votar (IFE); o
b) Cartilla del Servicio Militar Nacional; o
c) Pasaporte; o
d) Cédula Profesional; o
e) Documento migratorio, en el caso de extranjeros; o
f) Constancia de Identidad, y
g) Para el Representante Legal, copia certificada del Instrumento Público que acredite la representación. - Asimismo, el vehículo deberá estar registrado en el Padrón Fiscal del Impuesto Sobre Tenencia o Uso de Vehículos a nombre del propietario y/o tenedor.















