Facultades del Comité Técnico del Fideicomiso:
- a) Autorizar, con cargo al patrimonio del fideicomiso, los recursos necesarios para la realización de Estudios, programas y/o proyectos; y definir su prioridad y prelación conforme a las disposiciones jurídicas aplicables;
- b) Autorizar la entrega de recursos con cargo al patrimonio del fideicomiso, previo análisis y recomendación favorable del Subcomité de conformidad con las Reglas y las disposiciones aplicables;
- c) Dar seguimiento al avance físico y financiero de los Estudios, programas y/o proyectos; apoyados y definir las evaluaciones de sus resultados;
- d) Autorizar, con cargo a los recursos del fideicomiso, el uso de los rendimientos financieros y ahorros derivados de los procesos de contratación de las obras, los cuales podrán ser aplicados única y exclusivamente en la ampliación de metas de aquellos programas y/o proyectos de inversión que formen parte de la Cartera registrada ante la SHCP para el ejercicio fiscal correspondiente;
- e) Informar, a través de la entidad federativa, a la UPCP sobre la aplicación de dichos rendimientos financieros y ahorros, en un plazo que no excederá de quince días hábiles a partir de la fecha del acuerdo respectivo; y
- f) Cumplir con las Reglas y las demás disposiciones jurídicas aplicables en materia de transparencia y rendición de cuentas en el ejercicio de los recursos federales del fideicomiso.